Las personas que hablan al
país desde el exterior dejarán de pagar el impuesto La Sala de lo
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucionales
tres artículos de la Ley de Impuesto Específico a las Llamadas Telefónicas
Provenientes del Exterior que Terminan en El Salvador (LIELTEPETES).
Las
personas que hablan al país desde el exterior dejarán de pagar el impuesto de
$0.04 por cada minuto de llamada, esto iniciará a partir de septiembre de este
año. La sala resolvió que son inconstitucionales los artículos 1, 5 y 7 de
LIELTEPETES, porque vulnera el principio de capacidad económica de los
ciudadanos, una concreción de la equidad tributaria garantizada en el ordinal 6
del artículo 131 de la Constitución. “La duración de las llamadas no es un
criterio idóneo para medir la capacidad económica que supone el consumo del
servicio de terminación de llamadas provenientes del exterior”, concluyeron los
magistrados de la Sala de lo Constitucional.
La invalidación del La sala
decidió diferir por seis meses los resultados de la sentencia por tal razón el
no pago del impuesto a las llamadas tendrá efecto a partir de septiembre
próximo. El gravamen, que había sido aprobado por la Asamblea Legislativa en
2008, fue creado para financiar subsidios –especialmente el de transporte–, y
proyectaba en su creación recaudar $9.2 millones mensuales, pero meses después
de su aprobación el Ministerio de Hacienda resintió la reducción del flujo de
llamadas, que provocó que la recaudación bajara a la mitad.
De tal manera que
entre enero y febrero de este año, la cartera de Hacienda recaudó $5.1 millones
con este impuesto. La sentencia fue firmada por los magistrados Rodolfo
González, Florentín Meléndez, Sídney Blanco y la suplente Sonia Dinora de
Barillas, quien conoció el caso en sustitución del magistrado Belarmino Jaime,
que desde 2011 se excusó de hacerlo porque tenía vínculos con una de las
compañías de telecomunicaciones que promovió la inconstitucionalidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario