El Juzgado Séptimo de Instrucción de San Salvador ordenó realizar embargos preventivos contra los bienes de Guillermo Sol Bang, Jorge José Simán Zablah, Pedro José Escalón Pacas, Julio Alberto Olano Noyola, Carlos Jacinto Chavarría Aguilar, Thomas Roy Hawk Baker, acusados del delito de peculado en el caso CEL-ENEL.
El juez Miguel Ángel García Arguello pidió a diferentes instancias financieras y de registros que hagan efectivos los embargos por más de $2.000 millones, según lo estableció la Fiscalía General de la República (FGR).
Asimismo ordenó un rastreo internacional de cuentas bancarias a nombre de los imputados y de las sociedades. Está solicitud se hará efectiva mediante diligencias a través de la Corte Suprema de Justicia y cuando se ubiquen se procederá a embargarlas.
El juez se ordenó el embargo de las sociedades ENEL El Salvador
También, el juez ordenó un rastreo de bienes a SERTRACEN, a la Superintendencia de Valores y la Superintendencia del Sistema Financiero, para los imputados y las sociedades.
Asimismo, el juez se ordenó el embargo de las sociedades ENEL El Salvador y el de la participación accionaria de la sociedad ENEL S.P.A en la Geo.
La sociedad ENEL S.P.A tiene participación accionaria en un 36% en la GEO es en esta participación que el juez ordena que se embargue en los títulos valores, además sobre las utilidades y dividendos que esto genere.
Según lo ordenado por García la Sociedad Enel S.P.A. no podrá hacer uso de este porcentaje, pues será retenido a disposición del tribunal.
El juzgado estableció los días 25 y 28 de abril para que los imputados a excepción de Guillermo Sol Bang y Julio Alberto Olano Noyola, realicen la presentación de los vehículos que tienen a su nombre.
Los embargos serán de acuerdo al monto que estableció la Fiscalía así como los montos y los porcentajes.
La orden judicial será efectiva también para los imputados José Ricardo Palomo Deneke, José Vicente Machado Calderón, en calidad de cómplices necesarios y en grado de instigador en el delito de peculado, Miguel Ernesto Lacayo Arguello.
Asimismo contra las Sociedades Enel Green Power S.A. y Enel Green Power, El Salvador, S.A. de C.V, delitos en perjuicio de la Comisión Hidroelectica del Rio Lempa CEL y de las Finanzas del Estado.
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